miércoles, 2 de marzo de 2022

Ayuda con Renta (atrasado o no), Utilidades (luz y agua) y Depósito


En momentos como estos, donde la pandemia ha dejado a muchos con la indecisión de pagar la casa, o, comprar comida y echar gasolina, se creó este programa para aquellos que cualifiquen bajo unos requisitos específicos pero bastante alcanzables. Fue creado pensando en las personas que no son dueñas de su propiedad, se han visto afectados económicamente por la pandemia, e igualmente necesitan una ayuda o asistencia con sus pagos de alquiler , utilidades como la electricidad y el agua, desde abril del 2020 hasta 15 meses. Se acaba de añadir ayuda con el depósito de seguridad, así como cualquier gasto por aplicación que se pueda tener a la hora de rentar. Quiere decir que ahora el programa va más allá de la asistencia inicial. Si necesitas rentar, te pueden asistir.
 
Estas ayudas provienen de fondos federales basados en análisis de necesidad de la población en alquiler, durante el tiempo de la pandemia de COVID-19. Dichos fondos deben ser gastados en su totalidad para este mes de marzo ya que sino pasarán por una evaluación de manejo de los mismos, y el gobierno de Puerto Rico pudiera estar perdiendo parte o la totalidad del remanente a ese momento. El programa estará vigente hasta septiembre de 2022, sin embargo, aceptarán solicitudes hasta agotados los fondos.

Pero, ¿Qué cubre esta ayuda? 
1. En cuanto a los pagos de renta, puede ser vencida (incluyendo cargos por demora en contratos escritos), desde abril de 2020 por hasta 15 meses, o, estar al día y tener inseguridad de cumplimiento por meses futuros y cubrirle los pagos de hasta 3 meses a la vez, por el mismo término de hasta 15 meses. 
2. Las utilidades solamente en atraso de hasta 15 meses (pagarán una sola vez o solicitud). 
3. El depósito de seguridad (conocida como fianza por muchos) es el equivalente a un mes de renta y primer mes de alquiler.
4. Costos de re-ubicación, gastos de aplicación u otros al momento del proceso de renta.

El proceso de registro y solicitud son unos sumamente fácil y rápidos. Sólo le tomará aproximadamente 15 minutos, tanto a los arrendadores como inquilinos. Este proceso se puede hacer por internet o en las oficinas regionales de Vivienda. Deberá proveer unos documentos para ser evaluado para su elegibilidad. 

Los requisitos de elegibilidad de un inquilino son:
1. Vivir en Puerto Rico, sin ningún interés financiero en la propiedad.
2. Situación inestable de vivienda o en riesgo de quedarse sin esta.
3. Ingreso menor al 80% del Ingreso Medio del área para 2021. Tablas en página de internet.
4. Demonstrar que recibe menos ingresos, ser elegible para el beneficio de desempleo o aumento en gastos u otras dificultades debido al COVID-19.
5. Una o más personas en el hogar sea/n responsable/s del pago de alquiler propio.
6. Tener un contrato de alquiler escrito o verbal.
7. Debe tener información a la mano de cuentas (si es para utilidades), y/o de los ingresos de los miembros del hogar, dirección física, de registro del arrendador (si este participa del programa y su código, o recomendarle registrarse para la facilidad de pago y actualización de información, etc.). Este último NO es requisito para solicitar. 

Los requisitos de elegibilidad del arrendador son:
1. Llenar un formulario provisto por el programa.
2. Contrato de arrendamiento firmado por ambas partes.
3. Información bancaria de depósito directo.
4. Evidencia de ser dueño de la propiedad. 
5. ID con foto.
Este puede renunciar a la participación del programa, en alquileres existentes. En los nuevos, deberá registrarse.

Aprovecha esta ayuda para ponerte al día y continuar. Este programa le provee esa oportunidad. Para más información pueden comunicarse a las oficinas regionales de Vivienda (San Juan 787-759-1888), correo electrónico: ayuda@covidrenta.org
o a la página de internet: www.covidrenta.org

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